Ley
24989
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
10-jun-1998
Publicada en el Boletín Oficial del 13-jul-1998 Número: 28935 Página: 1
Resumen:
SUSTITUYESE EN EL ARTICULO 2 DE LA LEY 24760 LOS ARTICULOS 1 Y 2 DE LA SECCION I "DE LA CREACION Y LA FORMA DE LA FACTURA DE CREDITO". (NOTA: ABROGADA POR ART. 53 DEL DECRETO 1387/01 - BO 2/11/2001).-
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