Resolución
34/1995
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
31-ago-1995
Publicada en el Boletín Oficial del 05-sep-1995 Número: 28221 Página: 13
Resumen:
ESTABLECESE QUE, TENDRAN DERECHO A LA PERCEPCION DE LAS MISMAS A LAS QUE FUERAN ACREEDORES, AQUELLOS TRABAJDORES TRANSITORIOS Y/O PERMANENTES DE LA ACTIVIDAD PRIVADA, QUE SE DESEMPEÑEN LA PCIA. DE FORMOSA, CUANDO NO LLEGUEN A CUMPLIMENTAR LAS JORNADASMINISMAS DE TRABAJO EXIGIDAS, A CAUSA DE LAS CONDICIONES CLIMATICAS.- CAD.
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