Resolución
21/2011
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
18-ene-2011
Publicada en el Boletín Oficial del 20-ene-2011 Número: 32074 Página: 23
Resumen:
ESCRIBANOS PUBLICOS. ESTABLECENSE LAS MEDIDAS Y PROCEDIMIENTOS QUE LOS SUJETOS OBLIGADOS DEBERAN OBSERVAR PARA PREVENIR, DETECTAR Y REPORTAR LOS HECHOS, ACTOS, OPERACIONES U OMISIONES QUE PUEDAN PROVENIR DE LA COMISION DE LOS DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACION DEL TERRORISMO. DEROGASE, CON EXCEPCION DEL PUNTO V DEL ANEXO I Y EL ANEXO IV, LA RESOLUCION Nº 10/2004 UIF.
Observaciones:
ABROGADA A PARTIR DEL 1° DE MARZO DE 2024, POR EL ARTICULO 30 DE LA RESOLUCION 242/2023 DE LA UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, B.O. 30/11/2023, PAGINA 139.
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