Resolución
1702/2020
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
10-dic-2020
Publicada en el Boletín Oficial del 15-dic-2020 Número: 34541 Página: 44
Resumen:
ESTABLECESE EL USO DE LA PLATAFORMA DE “TRAMITES A DISTANCIA” (TAD) COMO UNICO MEDIO HABILITADO PARA REALIZAR LA TRAMITACION DE LA SOLICITUD DE RECUPERO DE COSTOS POR PARTE DE LOS HOSPITALES PUBLICOS DE GESTION DESCENTRALIZADA, A CUYO EFECTO SE CONSIDERARA CUMPLIDO, MEDIANTE LA VALIDACION DE IDENTIDAD EFECTUADA EN DICHA PLATAFORMA, EL REQUISITO DE CERTIFICACION DE FIRMA ESTABLECIDO POR LA RESOLUCION DEL REGISTRO DEL MINISTERIO DE SALUD N° 635/2015 ARTICULO 15 APARTADO 2. ANTE LA OMISION Y/O FALSIFICACION DE CUALQUIERA DE LOS DATOS REQUERIDOS, LOS SUJETOS REQUIRENTES SERAN PASIBLES DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y PENALES PERTINENTES.
Esta norma modifica o complementa a 4 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.