Decreto
1213/2005
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
27-sep-2005
Publicada en el Boletín Oficial del 29-sep-2005 Número: 30749 Página: 2
Resumen:
MODIFICASE EL ARTICULO 3º DEL DECRETO NRO. 1993/2004, ESTABLECIENDOSE QUE LA RETRIBUCION BRUTA MENSUAL NORMAL, HABITUAL, REGULAR Y PERMANENTE DE LOS AGENTES HABILITADOS PARA REALIZAR SERVICIOS EXTRAORDINARIOS NO DEBERA SUPERAR EL MONTO DE PESOS UN MIL TRESCIENTOS.
Esta norma modifica o complementa a 4 norma(s).