Resolución General-E
4190/2018
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
11-ene-2018
Publicada en el Boletín Oficial del 12-ene-2018 Número: 33790 Página: 53
Resumen:
IMPUESTO A LAS GANANCIAS. IMPUESTO CEDULAR. CAPITULO II DEL TITULO IV DE LA LEY DEL GRAVAMEN. EL REGIMEN DE RETENCION DISPUESTO POR LA RESOLUCION GENERAL N° 830, SUS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS, NO RESULTARA DE APLICACION RESPECTO DE LOS INTERESES ORIGINADOS EN DEPOSITOS A PLAZO EFECTUADOS EN INSTITUCIONES SUJETAS AL REGIMEN DE ENTIDADES FINANCIERAS DE LA LEY N° 21.526 Y SUS MODIFICACIONES, O DE INTERESES O LA DENOMINACION QUE TUVIERE EL RENDIMIENTO PRODUCTO DE LA COLOCACION DE CAPITAL, EN LOS CASOS DE VALORES A QUE SE REFIERE EL CUARTO ARTICULO SIN NUMERO INCORPORADO A CONTINUACION DEL ARTICULO 90 DE LA LEY DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS, TEXTO ORDENADO EN 1997 Y SUS MODIFICACIONES, PREVISTOS EN EL PRIMER ARTICULO SIN NUMERO INCORPORADO A CONTINUACION DE DICHO ARTICULO 90. DEJANSE SIN EFECTO LAS RESOLUCIONES GENERALES NROS. 4.094-E Y 4.095-E.
Esta norma modifica o complementa a 6 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.