Decreto/Ley  4034/1957   PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
22-abr-1957

REGIMEN ELECTORAL

ESTATUTO LEGAL PROCESO ELECTORAL

Publicada en el Boletín Oficial del 25-abr-1957    Número: 18383    Página: 1


Resumen:
SON ELECTORES NACIONALES LOS CIUDADANOS NATIVOS POR OPCION Y LOS NATURALIZADOS, DESDE LOS 18 AÑOS CUMPLIDOS DE EDAD, SIN DISTINCIONES DE SEXOS Y SIEMPRE QUE ESTEN INSCRIPTOS EN EL PADRON ELECTORAL.


Observaciones:
ABROGADA POR ART. 169° DE LA LEY 19.945, B.O. 19/12/1972, PAGINA 2.


Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).


Esta norma es complementada o modificada por 4 norma(s).