Decreto
721/2020
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
03-sep-2020
Publicada en el Boletín Oficial del 04-sep-2020 Número: 34467 Página: 3
Resumen:
ESTABLECESE QUE, EN EL SECTOR PUBLICO NACIONAL, EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 8° DE LA LEY N° 24.156, LOS CARGOS DE PERSONAL DEBERAN SER OCUPADOS EN UNA PROPORCION NO INFERIOR AL UNO POR CIENTO (1%) DE LA TOTALIDAD DE LOS MISMOS POR PERSONAS TRAVESTIS, TRANSEXUALES Y TRANSGENERO QUE REUNAN LAS CONDICIONES DE IDONEIDAD PARA EL CARGO. DICHO PORCENTAJE DEBERA SER ASIGNADO A LAS MENCIONADAS PERSONAS EN CUALQUIERA DE LAS MODALIDADES DE CONTRATACION VIGENTES.
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