Ley
24916
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
09-dic-1997
Publicada en el Boletín Oficial del 18-dic-1997 Número: 28797 Página: 2
Resumen:
AUTORIZASE AL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS A REALIZAR AMPLIACIONES EN LOS CREDITOS PRESUPUESTARIOS VIGENTES DENTRO DEL LIMITE ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 6 DE LA LEY 24764 Y SU DISTRIBUCION. SUSTITUYESE EL PRIMER PARRAFO DEL ARTICULO 46 DE LA LEY 11672
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