Resolución  18/1997   SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL
26-feb-1997

SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES

EXTRANJEROS RESIDENTES - D.N.I.

Publicada en el Boletín Oficial del 03-mar-1997    Número: 28597    Página: 6


Resumen:
FIJASE LA FECHA A PARTIR DE LA CUAL TODO EXTRANJERO CON RESIDENCIA PERMANENTE EN EL PAIS DEBERA CONTAR CON EL D.N.I., PARA INICIAR CUALQUIER TRAMITACION ANTE LA ANSES O ANTE LA AFJP EN LA QUE SE ENCUENTRE INCORPORADO.-



Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).


Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.