Resolución  773/1996   ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
30-oct-1996

JUBILACION POR INVALIDEZ

COMISIONES MEDICAS

Publicada en el Boletín Oficial del 06-nov-1996    Número: 28516    Página: 19


Resumen:
ESTABLECESE LA COMPETENCIA EXCLUSIVA DE LAS COMISIONES MEDICAS INSTITUIDAS POR LOS ARTICULOS 51 DE LA LEY Nº 24241 Y EL PROCEDIMIENTO ALLI ESTABLECIDO, PARA LOS BENEFICIOS CON CAUSA EN UNA JUBILACION POR INVALIDEZ GENERADOS EN VIGENCIA DE LAS LEYES 18037 Y 18038, SIN PERJUICIO DE LAS FACULTADES DE CONTRALOR Y FISCALIZACION DESDE EL PUNTO DE VISTA MEDICO PREVISIONAL, A CARGO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, RESPECTO DE LOS REFERIDOS BENEFICIARIOS.



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