Resolución
112/2023
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
31-may-2023
Publicada en el Boletín Oficial del 01-jun-2023 Número: 35181 Página: 19
Resumen:
ESTABLECESE QUE EL HABER MINIMO GARANTIZADO VIGENTE A PARTIR DEL MES DE JUNIO DE 2023, DISPUESTO DE CONFORMIDAD CON LAS PREVISIONES DEL ARTICULO 8° DE LA LEY N° 26.417, SERA DE PESOS SETENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($70.938,24). ESTABLECESE QUE EL HABER MAXIMO VIGENTE A PARTIR DEL MES DE JUNIO DE 2023, DISPUESTO DE CONFORMIDAD CON LAS PREVISIONES DEL ARTICULO 9° DE LA LEY N° 26.417, SERA DE PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON DIECINUEVE CENTAVOS ($477.347,19).
Esta norma modifica o complementa a 4 norma(s).