Ley  25765   HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
23-jul-2003

RECOMPENSAS

FONDO PERMANENTE DE RECOMPENSAS - CREACION

Publicada en el Boletín Oficial del 11-ago-2003    Número: 30210    Página: 6


Resumen:
CREASE EN JURISDICCION DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, EL FONDO PERMANENTE DE RECOMPENSAS DESTINADO A ABONAR UNA COMPENSACION DINERARIA A AQUELLAS PERSONAS QUE, SIN HABER INTERVENIDO EN EL DELITO, BRINDEN DATOS UTILES PARA LOGRAR LA LIBERTAD DE LA VICTIMA O LA APREHENSION DE QUIENES HUBIESEN TOMADO PARTE EN LA EJECUCION DE LOS DELITOS DE PRIVACION ILEGAL DE LA LIBERTAD CALIFICADA, SECUESTRO EXTORSIVO, O EN EL ENCUBRIMIENTO DE ESTOS.


Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 9° DE LA LEY 26.538, B.O. 27/11/2009, PAGINA 10.


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