Resolución
459/2003
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
06-nov-2003
Publicada en el Boletín Oficial del 07-nov-2003 Número: 30272 Página: 21
Resumen:
ESTABLECESE EL TIPO DE INTERES A APLICAR A DETERMINADAS DEUDAS MENCIONADAS EN EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 1RO. DEL DECRETO NRO. 1873/2002, CONTRAIDAS ORIGINALMENTE EN MONEDA EXTRANJERA, DESDE QUE LAS MISMAS SON DEBIDAS Y HASTA EL 2 DE FEBRERO DE 2002, A FIN DE DETERMINAR LA CANTIDAD DE BONOS QUE DEBAN ENTREGARSE EN PAGO. PROCEDIMIENTOS PARA LA LIQUIDACION DE DEUDAS DE NATURALEZA NO PREVISIONAL ORIGINALMENTE CONTRAIDAS EN MONEDA NACIONAL Y EN MONEDA EXTRANJERA, DEUDAS DE NATURALEZA PREVISIONAL Y DEUDAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS.
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