Ley  12660   HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
10-sep-1940

JUEGOS DE AZAR

LEY N° 4097 - ACTIVIDADES COMPRENDIDAS

Publicada en el Boletín Oficial del 10-oct-1940    Número: 13848    Página: 1


Resumen:
DESDE LA PROMULGACION DE LA PRESENTE LEY, SE CONSIDERARA COMPRENDIDA ENTRE LAS ACTIVIDADES PROHIBIDAS POR EL ART. 1° DE LA LEY 4097, TODA VENTA DE IMUEBLES, MUEBLES O MERCADERIAS QUE SE REALICEN MEDIANTE EL OFRECIMIENTO DE PREMIOS A OBTENERSE POR CONCURSO, SORTEO O CUALQUIER OTRO PROCEDIMIENTO DE SUERTE O AZAR.



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