Resolución
41/1997
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
11-jun-1997
Publicada en el Boletín Oficial del 25-jun-1997 Número: 28674 Página: 3
Resumen:
ASEGURADORAS DE RIESGO DEL TRABAJO (A.R.T.). CONTRATO DE AFILIACION. INSTRUMENTACION. LOS CONTRATOS CELEBRADOS ENTRE LA ASEGURADORA Y EL EMPLEADOR PODRAN INSTRUMENTARSE, CONFORME LO DISPUESTO EN LAS RESOLUCIONES SRT 39/96 Y 47/96, HASTA UN PLAZO MAXIMO QUE NO EXCEDERA LOS TREINTA (30) DIAS CORRIDOS DESDE EL INICIO DE SU VIGENCIA. EL PLAZO LIMITE PARA LA DECLARACION A ESTA SUPERINTENDENCIA ES DE DIEZ (10) DIAS CORRIDOS DESDE LA FECHA DE INSTRUMENTACION. DEROGANSE LAS RESOLUCIONES SRT 62/96 Y SRT 235/96.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 24 DE LA RESOLUCION 463/2009 DE LA SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, B.O. 15/05/2009, PAGINA 19.
Esta norma modifica o complementa a 3 norma(s).