Decreto/Ley  2446/1956   PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
09-feb-1956

DIAS FERIADOS Y NO LABORABLES

SU DETERMINACION

Publicada en el Boletín Oficial del 20-feb-1956    Número: 18093    Página: 1


Resumen:
DETERMINACION DE LOS DIAS FERIADOS Y NO LABORABLES. SON DIAS FERIADOS NACIONALES LOS SIGUIENTES: 1° DE MAYO, 25 DE MAYO, 20 DE JUNIO, 9 DE JULIO, 17 DE AGOSTO, 12 DE OCTUBRE Y 25 DE DICIEMBRE. SON DIAS NO LABORABLES LOS SIGUIENTES: 1° DE ENERO, 6 DE ENRO, LUNES Y MARTES DE CARNAVAL, JUEVES SANTO, VIERNES SANTO, CORPUS CHRISTI, 15 DE AGOSTO, 1° DE NOVIEMBRE Y 8 DE DICIEMBRE.



Texto completo de la norma


Texto actualizado de la norma


Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).


Esta norma es complementada o modificada por 3 norma(s).