Resolución General-E 4082/2017   ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
22-jun-2017

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

TASA DE INTERES ARTICULO 791 DEL CODIGO ADUANERO - REGLAMENTACION

Publicada en el Boletín Oficial del 26-jun-2017    Número: 33652    Página: 146


Resumen:
ESTABLECESE LA TASA DE INTERES PREVISTA EN EL ARTICULO 791 DEL CODIGO ADUANERO EN EL CINCUENTA POR CIENTO (50 %) DE LA TASA DE INTERES QUE LA AUTORIDAD DE APLICACION FIJARE EN OCASION DE APLICAR EL ARTICULO 794 DEL CODIGO ADUANERO, PARA EL CASO DE LOS REGIMENES DE ESPERA ACORDADOS EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 54 INCISO A), TERCER PARRAFO, DEL DECRETO N° 1.001/82 Y SUS MODIFICATORIOS.



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