Resolución
138/2022
SECRETARIA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO
28-dic-2022
Publicada en el Boletín Oficial del 30-dic-2022 Número: 35079 Página: 143
Resumen:
ESTABLECESE QUE DESDE EL 1° DE ENERO HASTA EL 28 DE FEBRERO DE 2023, SERAN DE VEINTICINCO (25) DIAS CORRIDOS: A) LOS PLAZOS PREVISTOS EN LOS ARTICULOS 4°, 5° Y 6° DE LA LEY N° 27.440, Y B) EL PLAZO PARA EFECTUAR EL RECHAZO DE LA “FACTURA DE CREDITO ELECTRONICA MIPYMES” Y SU INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE “FACTURAS DE CREDITO ELECTRONICAS MIPYMES” PREVISTO EN EL ULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 8° DE LA LEY N° 27.440.
Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.