Resolución
77/1996
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
26-jun-1996
Publicada en el Boletín Oficial del 02-jul-1996 Número: 28427 Página: 22
Resumen:
COMUNICAR AL ORGANISMO RECAUDADOR DGI, QUE EN LOS SUPUESTOS DE CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO COINCIDA CON EL INICIO DEL MES CALENDARIO, LAS CUOTAS INGRESADAS POR LOS EMPLEADORES DEBERAN SER TRANSFERIDAS A LA ASEGURADORA QUE CORRESPONDA.
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