Disposición
2/2008
GERENCIA DE PREVENCION Y SALUD LABORAL
04-dic-2008
Publicada en el Boletín Oficial del 11-dic-2008 Número: 31550 Página: 13
Resumen:
REGISTRO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES. PLAZO PARA LA DECLARACION DE DATOS POR PARTE DE LAS ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO Y LOS EMPLEADORES AUTOASEGURADOS.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 5° DE LA INSTRUCCION 2/2010 DE LA SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, B.O. 9/03/2010, PAGINA 16. VIGENCIA: VER ARTICULO 6° DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.
Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).