Resolución
757/2001
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION
21-may-2001
Publicada en el Boletín Oficial del 05-jun-2001 Número: 29662 Página: 5
Resumen:
HACESE SABER A LA CAMARA NACIONAL ELECTORAL QUE PARA LA COMPOSICION DE LAS JUNTAS ELECTORALES NACIONALES EN LAS PROVINCIAS QUE NO TUVIEREN CAMARAS FEDERALES, SERA DE APLICACION EL ART. 49, 2RO. PARRAFO DEL CODIGO ELECTORAL NACIONAL.
Esta norma modifica o complementa a 1 norma(s).