Resolución
4/1995
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
22-ago-1995
Publicada en el Boletín Oficial del 28-ago-1995 Número: 28215 Página: 1
Resumen:
LOS TRABAJADORES TRANSITORIOS Y/O PERMANENTES DE LA ACTIVIDAD PRIVADA, COMPRENDIDOS EN EL REGIMEN DE SUBSIDIOS Y ASIGNACIONES FAMILIARES DE ESTA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, QUE SE DESEMPEÑEN EN LAS PCIAS. DE SANTA CRUZ Y TIERRA DELFUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, DECLARADAS EN ESTADO DE DESASTRE Y EMERGENCIA, TENDRAN DERECHO A LA PERCEPCION DE LAS ASIGNACIONES FAMILIARES A LAS QUE FUERAN ACREEDORES, CUANDO A CAUSA DE LAS CONDICIONES CLIMATICAS, NO LLEGUEN A CUMPLIMENTARLAS JORNADAS MINIMAS DE TRABAJO EXIGIDAS, SIEMPRE QUE REUNAN POR LO MENOS UN (1) DIA DE TRABAJO EN EL MES.
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