Instrucción  1/2005   SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES
13-ene-2005

JUBILACIONES Y PENSIONES

REF.: LEY 24241, ART. 122 INC. A)

Publicada en el Boletín Oficial del 14-ene-2005    Número: 30570    Página: 33


Resumen:
APRUEBASE EL PROCEDIMIENTO QUE SE ESTABLECE EN EL ANEXO I DE LA PRESENTE, A FIN QUE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENCIONES (A.F.J.P.) CUMPLIMENTEN LO DISPUESTO POR EL INCISO A) DEL ARTICULO 122 DE LA LEY NRO. 24.241. DEROGANSE LOS PUNTOS 2 Y 3 DEL CAPITULO I DE LA INSTRUCCION SAFJP NRO. 77/94 Y LOS PUNTOS 6 Y 7 DE LA INSTRUCCION SAFJP NRO. 193/95. (NOTA: ESTA NORMA NO SE RELACIONO CON UNO DE SUS ANTECEDENTES - INSTRUCCION SAFJP 193/95 - PORQUE SEGUN NUESTROS REGISTROS NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL).-


Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 15 DE LA RESOLUCION 1105/2010 DE LA SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, B.O. 6/08/2010, PAGINA 11.


Texto completo de la norma


Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).


Esta norma es complementada o modificada por 1 norma(s).