Ley
26508
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
20-ago-2009
Publicada en el Boletín Oficial del 04-sep-2009 Número: 31730 Página: 1
Resumen:
PERSONAL DOCENTE DE LAS UNIVERSIDADES PUBLICAS NACIONALES. JUBILACIONES Y PENSIONES. BENEFICIOS. AMPLIASE AL PERSONAL DOCENTE DE LAS UNIVERSIDADES PUBLICAS NACIONALES, NO COMPRENDIDO EN LAS LEYES 22.929, 23.026 Y 23.626 EL BENEFICIO INSTITUIDO EN LA LEY 22.929.
Observaciones:
LEY PARCIALMENTE OBSERVADA POR EL DECRETO 1175/2009, B.O. 4/09/2009, PAGINA 2.
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