Resolución
189/2023
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
24-ago-2023
Publicada en el Boletín Oficial del 28-ago-2023 Número: 35242 Página: 27
Resumen:
ESTABLECESE QUE EL HABER MINIMO GARANTIZADO VIGENTE A PARTIR DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2023, DISPUESTO DE CONFORMIDAD CON LAS PREVISIONES DEL ARTICULO 8° DE LA LEY N° 26.417, SERA DE PESOS OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 87.459,76).
Esta norma modifica o complementa a 3 norma(s).