Disposición
6/2020
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL
02-nov-2020
Publicada en el Boletín Oficial del 04-nov-2020 Número: 34513 Página: 72
Resumen:
ESTABLECER QUE LA INSCRIPCION O ANOTACION REGISTRAL REGULADA POR EL ARTICULO 28 DE LEY 17801 PODRA REALIZARSE MEDIANTE NOTA DIGITAL FIRMADA POR EL REGISTRADOR DE CONFORMIDAD CON LA LEY 25506, DICHA CONSTANCIA INTEGRARA EL DOCUMENTO Y SU AUTENTICIDAD Y EXACTITUD PODRA SER VERIFICADA DESDE EL SITIO WEB DEL ORGANISMO A PARTIR DEL CODIGO DE SEGURIDAD EN ELLA INDICADO Y DEL NUMERO DE PRESENTACION DEL DOCUMENTO.
Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.