Resolución
773/1996
ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
30-oct-1996
Publicada en el Boletín Oficial del 06-nov-1996 Número: 28516 Página: 19
Resumen:
ESTABLECESE LA COMPETENCIA EXCLUSIVA DE LAS COMISIONES MEDICAS INSTITUIDAS POR LOS ARTICULOS 51 DE LA LEY Nº 24241 Y EL PROCEDIMIENTO ALLI ESTABLECIDO, PARA LOS BENEFICIOS CON CAUSA EN UNA JUBILACION POR INVALIDEZ GENERADOS EN VIGENCIA DE LAS LEYES 18037 Y 18038, SIN PERJUICIO DE LAS FACULTADES DE CONTRALOR Y FISCALIZACION DESDE EL PUNTO DE VISTA MEDICO PREVISIONAL, A CARGO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, RESPECTO DE LOS REFERIDOS BENEFICIARIOS.
Esta norma modifica o complementa a 4 norma(s).