Ley
25323
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
13-sep-2000
Publicada en el Boletín Oficial del 11-oct-2000 Número: 29502 Página: 3
Resumen:
ESTABLECESE QUE LAS INDEMNIZACIONES PREVISTAS POR LA LEY NRO. 20.744 (TEXTO ORDENADO EN 1976) O LAS QUE EN EL FUTURO LAS REEMPLACEN, SERAN INCREMENTADAS AL DOBLE CUANDO SE TRATE DE UNA RELACION LABORAL NO REGISTRADA O QUE LO ESTE DE MODO DEFICIENTE.-
Observaciones:
ABROGADA POR ARTICULO 55 DEL DECRETO N° 70/2023, B.O. 21/12/2023 PAGINA 3. ABROGADA POR ARTICULO 100 DE LA LEY N° 27.442 B.O. 08/07/2024 PAGINA 4.
Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).