Decreto  1244/2007   PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
17-sep-2007

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

DECRETO Nº 1213/05 - MODIFICACION

Publicada en el Boletín Oficial del 19-sep-2007    Número: 31242    Página: 5


Resumen:
MODIFICASE EL ARTICULO 1º DEL DECRETO Nº 1213 DEL 27 DE SETIEMBRE DE 2005, ESTABLECIENDO QUE LA RETRIBUCION BRUTA MENSUAL, NORMAL, HABITUAL, REGULAR Y PERMANENTE DE LOS AGENTES HABILITADOS PARA REALIZAR SERVICIOS EXTRAORDINARIOS, CON EXCEPCION DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS POR TERCEROS, NO DEBERA SUPERAR EL MONTO DE PESOS UN MIL SETECIENTOS ($ 1700), PESOS UN MIL OCHOCIENTOS DIEZ ($ 1810) Y PESOS UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA ($ 1990); A PARTIR DEL 1 DE JUNIO DE 2007, DEL 1 DE AGOSTO DE 2007 Y DEL 1 DE OCTUBRE DE 2007, RESPECTIVAMENTE.



Texto completo de la norma


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