Resolución  8/2002   SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIM
01-mar-2002

PESCA

BUQUES DE LA FLOTA ARRASTRERA

Publicada en el Boletín Oficial del 06-mar-2002    Número: 29852    Página: 4


Resumen:
ESTABLECESE QUE DETERMINADOS BUQUES DE LA FLOTA ARRASTRERA FRESQUERA PODRAN EFECTUAR OPERACIONES AL SUR DEL PARALELO 41RO. SUR A PARTIR DEL 1RO. DE MARZO Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2002, HASTA EL LIMITE DE LOS CUPOS BIMESTRALES DE CAPTURA ASIGNADOS.


Observaciones:
ABROGADA POR RESOLUCION NRO. 73/2004 - ART. 26 - BOLETIN OFICIAL 15/01/2004 - PAG. 10.


Texto completo de la norma


Texto actualizado de la norma


Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).


Esta norma es complementada o modificada por 6 norma(s).