Ley
25577
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
11-abr-2002
Publicada en el Boletín Oficial del 08-may-2002 Número: 29893 Página: 2
Resumen:
PROHIBESE LA CAZA DE CETACEOS EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, COMPRENDIENDO ESTE EL MAR TERRITORIAL, LA ZONA ECONOMICA EXCLUSIVA Y SUS AGUAS INTERIORES. INFRACCIONES. AUTORIDAD DE APLICACION. FACULTAD. JURISDICCION NACIONAL. REGLAMENTACION.
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