Resolución
172/2019
SECRETARIA DE GOBIERNO DE SALUD
30-ene-2019
Publicada en el Boletín Oficial del 01-feb-2019 Número: 34047 Página: 15
Resumen:
HACESE LUGAR A LA EXCEPCION AL CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 3º DE LA LEY 25.630, SOLICITADA POR LA FIRMA LA GEOVANI SA, RNE Nº 02-033.392 CON DOMICILIO LEGAL CONSTITUIDO A ESTOS EFECTOS EN TALCAHUANO 928, TAPIALES, LA MATANZA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, AUTORIZANDOLA A ELABORAR, CON EMPLEO DE HARINA SIN ENRIQUECER, DE ACUERDO CON LA MENCIONADA LEY Y SU DECRETO REGLAMENTARIO Nº 597/03, LOS PRODUCTOS: “TAPAS DE MASA TIPO CRIOLLA, PARA HORNO O FREIR PARA EMPANADAS, PASCUALINAS, COPETIN, ROTISERAS, PASTELES” – NOMBRE DE FANTASIA TAPAS, MARCA EL TANO – RNPA N°: EN TRAMITE SEGUN EXPEDIENTE Nº 4074-9221-2018.
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