Disposición
1406/2020
POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
11-dic-2020
Publicada en el Boletín Oficial del 15-dic-2020 Número: 34541 Página: 65
Resumen:
LOS EXPLOTADORES DE SERVICIOS DE TRANSPORTE AEREO INTERNO –VUELOS COMERCIALES DE PASAJEROS, YA SEAN REGULARES O NO REGULARES CUANDO LOS MISMOS FUERAN LLEVADOS A CABO EN AERONAVES CON CAPACIDAD SUPERIOR A DIECINUEVE (19) PLAZAS-, DEBERAN REMITIR A LA POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, MEDIANTE TRANSFERENCIA ELECTRONICA DE DATOS, INFORMACION RELATIVA A LOS SUJETOS TRANSPORTADOS (PASAJEROS Y TRIPULACION), EN EL MARCO DE IMPLEMENTACION DE LOS SISTEMAS DE “INFORMACION ANTICIPADA DE PASAJEROS (API)” Y DE “REGISTRO DE NOMBRES DE PASAJEROS (PNR)”. A TAL FIN, SERAN DE APLICACION LAS DEFINICIONES, PAUTAS Y EL PROCEDIMIENTO QUE SE DETALLAN EN EL ANEXO (DI-2020-85809777-APN-DDA#PSA) QUE INTEGRA LA PRESENTE DISPOSICION.
Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.