Acordada
43/2018
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION
11-dic-2018
Publicada en el Boletín Oficial del 13-dic-2018 Número: 34015 Página: 95
Resumen:
ADECUAR EL MONTO FIJADO EN EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 242 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION, FIJANDOSELO EN EL IMPORTE DE PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000).
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Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.