Resolución
366/2022
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES
27-jul-2022
Publicada en el Boletín Oficial del 28-jul-2022 Número: 34971 Página: 43
Resumen:
ESTABLECESE QUE A LOS EFECTOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 9°, INCISO D) DEL DECRETO N° 2.182/72, REGLAMENTARIO DE LA LEY N° 18.829 Y SU MODIFICATORIA, EL TERMINO “LOCAL PARA LA ATENCION AL PUBLICO” SE ENTENDERA COMPRENSIVO DE LA MODALIDAD LOCAL VIRTUAL QUE FUNCIONARA EN EL SUBDOMINIO “.TUR.AR” Y ESTARA SOMETIDA AL MISMO REGIMEN DE ESE DECRETO Y NORMATIVA DE APLICACION.
Esta norma modifica o complementa a 3 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.