Resolución  27/2008   ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS)
17-abr-2008

ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO

AGUAS ARGENTINAS S.A.

Publicada en el Boletín Oficial del 28-abr-2008    Número: 31393    Página: 34


Resumen:
HACESE LUGAR A LOS RECLAMOS QUE COMO ANEXO I FORMAN PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE RESOLUCION, ESTABLECIENDO QUE AGUAS ARGENTINAS S.A. DEBE DEVOLVER A LOS USUARIOS INDICADOS EN EL ANEXO I, EL IMPORTE COBRADO INDEBIDAMENTE A LOS MISMOS AL NO HABER EFECTUADO OPORTUNAMENTE LOS DESCUENTOS EN LA FACTURACION CONFORME LOS TERMINOS DE LA RESOLUCION DEL EX ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS) Nº 29 DEL 23 DE MARZO DE 1999 (B.O. 8/4/99) Y LA INTIMACION OPORTUNAMENTE EFECTUADA POR LA RESOLUCION DEL EX ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS) Nº 63 DEL 6 DE JUNIO DE 2000 (B.O. 28/6/00), ELLO A PARTIR DEL 1º DE ENERO DE 1999 Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2003, RESULTANDO EXIGIBLES A PARTIR DEL 12 DE AGOSTO DE 1999, POR LO CUAL A PARTIR DE DICHA FECHA LE DEBERAN SER RECONOCIDOS A LOS USUARIOS INVOLUCRADOS LOS RECARGOS E INTERESES PERTINENTES Y LO QUE RESULTE DE LA APLICACION DE LA INDEMNIZACION PREVISTA EN EL ARTICULO 31º DE LA LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Nº 24.240 Y SUS MODIFICATORIAS; Y EN VIRTUD DE LA METODOLOGIA DE CALCULO DETERMINADA EN EL ARTICULO 2º DE LA PRESENTE RESOLUCION; TODO ELLO TOMANDO EN CONSIDERACION EL LAPSO EN QUE, EN CADA RECLAMO, EL PRESENTANTE HAYA SIDO EL OBLIGADO AL PAGO.



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