Resolución
39/2011
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
10-feb-2011
Publicada en el Boletín Oficial del 15-feb-2011 Número: 32092 Página: 19
Resumen:
ESTABLECENSE MEDIDAS Y PROCEDIMIENTOS QUE LOS DESPACHANTES DE ADUANA, AGENTES DE TRANSPORTE ADUANERO, IMPORTADORES Y EXPORTADORES, DEBERAN OBSERVAR EN RELACION CON LA COMISION DE DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACION DEL TERRORISMO.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION 98/2011 DE LA UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, B.O. 25/07/2011, PAGINA 7.
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