Decreto DNU 1010/2004   PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
06-ago-2004

MARINA MERCANTE NACIONAL

DECRETOS NROS. 1772/91-2094/93 Y 2733/93-DEROGANSE

Publicada en el Boletín Oficial del 09-ago-2004    Número: 30459    Página: 1


Resumen:
DEROGANSE LOS DECRETOS NROS. 1772/91, 2094/93 Y 2733/93. OTORGASE UN PLAZO A LOS PROPIETARIOS/ARMADORES QUE HAYAN OPTADO POR EL REGIMEN ESTABLECIDO POR DICHOS DECRETOS PARA REINTEGRAR A LA MATRICULA NACIONAL LOS BUQUES O ARTEFACTOS NAVALES QUE HUBIEREN CESADO EN FORMA PROVISORIA, GOZAN DO HASTA SU REINCORPORACION UNICAMENTE DEL BENEFICIO DE OPERAR EN EL CABOTAJE NACIONAL. ESTABLECESE QUE TODOS LOS CONTRATOS QUE SE CELEBREN PARA TRIPULAR LOS MISMOS SE REGIRAN POR LA LEGISLACION ARGENTINA VIGENTE Y QUEDARAN BAJO JURISDICCION ADMINISTRATIVA Y JUDICIAL ARGENTINA. ACTIVIDAD NAVIERA Y DE LA INDUSTRIA NAVAL. REGIMEN DE IMPORTACION DE INSUMOS, PARTES, PIEZAS Y/O COMPONENTES NO PRODUCIDOS EN EL AMBITO DEL MERCOSUR. BENEFICIARIOS. AUTORIDADES DE APLICACION.


Observaciones:
ABROGADO POR EL ARTICULO 37 DE LA LEY 27419, B.O. 28/12/2017, PAGINA 3. EL REGIMEN ESTABLECIDO POR EL DECRETO 1.010/2004 Y MODIFICATORIAS, CADUCARA DE PLENO DERECHO A PARTIR DE LA REGLAMENTACION DE LA LEY CITADA, SIN PERJUICIO DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS OPORTUNAMENTE. VIGENCIA: VER ARTICULO 40 DE LA LEY PRECEDENTEMENTE CITADA.


Texto completo de la norma


Texto actualizado de la norma


Esta norma modifica o complementa a 8 norma(s).


Esta norma es complementada o modificada por 5 norma(s).