Ley
24810
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
23-abr-1997
Publicada en el Boletín Oficial del 27-may-1997 Número: 28655 Página: 3
Resumen:
INCORPORANSE LOS INCISOS F) Y G) AL ARTICULO 17 DE LA LEY 17671 - EXPEDICION DE DOCUMENTOS. RESPONSABILIDADES DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS EN LO QUE RESPECTA A LA DOCUMENTACION-, ESTABLECIENDOSE QUE A SOLICITUD DEL CIUDADANO ES POSIBLE INCORPORAR LA LEYENDA " EX- COMBATIENTE, HEROE DE LA GUERRA DE LAS ISLAS MALVINAS" - SIEMPRE QUE ACREDITE DICHA CIRCUNSTANCIA-, Y EL TIPO, FACTOR Y GRUPO SANGUINEO.
Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.