Resolución E
33/2017
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
02-mar-2017
Publicada en el Boletín Oficial del 10-mar-2017 Número: 33582 Página: 51
Resumen:
EL VALOR DE LA MOVILIDAD PREVISTA EN EL ARTICULO 1° DE LA LEY N° 27.160 Y SUS MODIFICATORIAS, CORRESPONDIENTE AL MES DE MARZO DE 2017, ES DE DOCE ENTEROS CON NOVENTA Y SEIS POR CIENTO (12,96%), CONFORME LO PREVISTO EN EL ANEXO DE LA LEY N° 26.417.
Esta norma modifica o complementa a 7 norma(s).