Resolución
7/2005
AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
14-ene-2005
Publicada en el Boletín Oficial del 25-ene-2005 Número: 30577 Página: 4
Resumen:
APRUEBASE UNA TASA EQUIVALENTE A DOS HORAS REGULATORIAS PARA EL CASO EN QUE EL POSEEDOR DE UNA LICENCIA INDIVIDUAL SOLICITE OTRA QUE REQUIERA LA MISMA FORMACION ESPECIALIZADA.
Esta norma modifica o complementa a 1 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.