Resolución
226/1995
MINISTERIO DE JUSTICIA
14-nov-1995
Publicada en el Boletín Oficial del 24-nov-1995 Número: 28278 Página: 12
Resumen:
SUSTITUYESE EL ART. 11 DE LA RESOLUCION M.J. Nº 1104/91, POR EL SIGUIENTE: "ART. 11 - EL ESCRIBANO QUE ESTUVIESE ADSCRIPTO A UN REGISTRO NOTARIAL, QUEDARA EN CASO DE VACANCIA DE ESTE, INTERINAMENTE A SU CARGO POR UN PERIODO DE TRES (3) AÑOS. ESTO ULTIMOSIN PERJUICIO DE POSTULARSE A LA TITULARIDAD POR EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN ESTA REGLAMENTACION, Y DE LO DISPUESTO EN EL ART. 10".-
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