Resolución E 33/2017   ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
02-mar-2017

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

VALOR MOVILIDAD ARTICULO 1° LEY N° 27.160

Publicada en el Boletín Oficial del 10-mar-2017    Número: 33582    Página: 51


Resumen:
EL VALOR DE LA MOVILIDAD PREVISTA EN EL ARTICULO 1° DE LA LEY N° 27.160 Y SUS MODIFICATORIAS, CORRESPONDIENTE AL MES DE MARZO DE 2017, ES DE DOCE ENTEROS CON NOVENTA Y SEIS POR CIENTO (12,96%), CONFORME LO PREVISTO EN EL ANEXO DE LA LEY N° 26.417.



Texto completo de la norma


Esta norma modifica o complementa a 7 norma(s).


Esta norma es complementada o modificada por 1 norma(s).