Resolución
1181/2023
MINISTERIO DE ECONOMIA
15-ago-2023
Publicada en el Boletín Oficial del 17-ago-2023 Número: 35235 Página: 70
Resumen:
FIJASE EN LA SUMA DE TRES MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($ 3.500.000.000) EL LIMITE MAXIMO ANUAL PARA AFRONTAR LAS EROGACIONES QUE DEMANDEN LAS SOLICITUDES INTERPUESTAS EN EL MARCO DEL REGIMEN ESTABLECIDO EN EL SEGUNDO ARTICULO SIN NUMERO INCORPORADO A CONTINUACION DEL ARTICULO 24 DE LA LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, TEXTO ORDENADO EN 1997 Y SUS MODIFICACIONES, CONFORME AL PROCEDIMIENTO QUE ESTABLEZCA LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, ENTIDAD AUTARQUICA EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE ECONOMIA, PARA LOS SALDOS ACUMULADOS QUE TENGAN COMO ORIGEN CREDITOS FISCALES CUYO DERECHO A COMPUTO SE HUBIERA GENERADO DURANTE EL 2022 Y PARA LOS GENERADOS ENTRE EL 1° DE ENERO DE 2018 Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2021 QUE NO HAYAN SIDO OBJETO DEL MENCIONADO REGIMEN BAJO LOS LIMITES MAXIMOS APLICABLES A CADA AÑO.
Esta norma modifica o complementa a 3 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.