Resolución
490/2003
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
07-ago-2003
Publicada en el Boletín Oficial del 11-ago-2003 Número: 30210 Página: 22
Resumen:
DISPONESE EL RELEVAMIENTO DE RIESGO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE LOS EMPLEADORES AFILIADOS O DE PROPIOS ESTABLECIMIENTOS, POR PARTE DE LAS ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO Y LOS EMPLEADORES AUTOASEGURADOS. (NOTA: ABROGADA POR ART. 1 DE LA RES. SRT 1141/04 - BO 26/10/04, PAG. 9).-
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