Ley
22847
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
12-jul-1983
Publicada en el Boletín Oficial del 14-jul-1983 Número: 25214 Página: 1
Resumen:
CONVOCASE PARA EL DIA 30 DE OCTUBRE DE 1983 A COMICIOS GENERALES PARA LA ELECCION DE LAS AUTORIDADES DE: LA NACION, LAS PROVINCIAS Y SUS MUNICIPIOS, LA CAPITAL FEDERAL Y EL TERRITORIO DE LA TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUD. LA ELECCION DE DIPUTADOS NACIONALES, DE ELECTORES DE PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE DE LA NACION, DE ELECTORES DE SENADORES, DE CONCEJALES Y CONSEJEROS VECINALES POR LA CAPITAL FEDERAL Y LA DE LOS MIEMBROS DE LA LEGISLATURA Y AUTORIDADES MUNICIPALES DEL TERRITORIO NACIONAL DE LA TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUD, SE AJUSTARA A LAS NORMAS ESTABLECIDAS EN LA LEY Nº 22.838. EL NUMERO DE DIPUTADOS NACIONALES A ELEGIR SERA DE UNO POR CADA 161.000 HABITANTES O FRACCION NO MENOR DE 80.500. A DICHA REPRESENTACION SE AGREGARA, POR CADA DISTRITO, LA CANTIDAD DE TRES (3) DIPUTADOS, NO PUDIENDO EN NINGUN CASO SER MENOR DE CINCO (5) DIPUTADOS NI INFERIOR A LA QUE CADA DISTRITO TENIA AL 23 DE MARZO DE 1976. EL TERRITORIO NACIONAL DE LA TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUD, ELEGIRA DOS (2) DIPUTADOS.
Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).