Decisión
54/2004
CONSEJO DEL MERCADO COMUN
16-dic-2004
Publicada en el Boletín Oficial del 02-may-2005 Número: 30644 Página: 27
Resumen:
LOS BIENES IMPORTADOS DESDE TERCEROS PAISES POR UN ESTADO PARTE DEL MERCOSUR, QUE CUMPLAN CON LA POLITICA ARANCELARIA COMUN DEL MERCOSUR, RECIBIRAN EL TRATAMIENTO DE BIENES ORIGINARIOS, TANTO EN LO QUE RESPECTA A SU CIRCULACION DENTRO DEL MERCOSUR, COMO A SU INCORPORACION EN PROCESOS PRODUCTIVOS, EN LOS TERMINOS DEFINIDOS EN LA PRESENTE DECISION Y SUS REGLAMENTACIONES.
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