Decreto
968/2015
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
29-may-2015
Publicada en el Boletín Oficial del 16-jun-2015 Número: 33151 Página: 24
Resumen:
FIJASE, A PARTIR DEL 1° DE JUNIO DE 2015 Y DEL 1° DE AGOSTO DE 2015, EL HABER MENSUAL PARA EL PERSONAL CON ESTADO MILITAR DE GENDARME EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL. FIJASE, A PARTIR DEL 1° DE JUNIO DE 2015 Y DEL 1° DE AGOSTO DE 2015, LOS IMPORTES CORRESPONDIENTES A LOS SUPLEMENTOS PARTICULARES “DE RESPONSABILIDAD POR CARGO”, “POR FUNCION INTERMEDIA”, “POR CUMPLIMIENTO DE TAREAS ESPECIFICAS DE SEGURIDAD”, “POR MAYOR EXIGENCIA DEL SERVICIO”, “POR DISPONIBILIDAD PERMANENTE PARA EL CARGO” Y “POR DISPONIBILIDAD PERMANENTE PARA LA FUNCION”, QUE PERCIBE EL PERSONAL CON ESTADO MILITAR DE GENDARME EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL. FIJASE, A PARTIR DEL 1° DE JUNIO DE 2015 Y DEL 1° DE AGOSTO DE 2015, EL HABER MENSUAL PARA EL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL EN ACTIVIDAD DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA. FIJASE, A PARTIR DEL 1° DE JUNIO DE 2015 Y DEL 1° DE AGOSTO DE 2015, LOS IMPORTES CORRESPONDIENTES A LOS SUPLEMENTOS PARTICULARES “DE RESPONSABILIDAD POR CARGO”, “POR FUNCION INTERMEDIA”, “POR CUMPLIMIENTO DE TAREAS ESPECIFICAS DE SEGURIDAD”, “POR MAYOR EXIGENCIA DEL SERVICIO”, “POR DISPONIBILIDAD PERMANENTE PARA EL CARGO” Y “POR DISPONIBILIDAD PERMANENTE PARA LA FUNCION”, QUE PERCIBE EL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL EN ACTIVIDAD DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA. FIJASE, A PARTIR DEL 1° DE JUNIO DE 2015 Y DEL 1° DE AGOSTO DE 2015, EL HABER MENSUAL PARA EL PERSONAL DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA CONFORME LOS IMPORTES QUE PARA LAS DISTINTAS JERARQUIAS. FIJASE, A PARTIR DEL 1° DE JUNIO DE 2015 Y DEL 1° DE AGOSTO DE 2015, LOS IMPORTES CORRESPONDIENTES A LOS SUPLEMENTOS PARTICULARES “POR SERVICIO EXTERNO UNIFORMADO” Y “APOYO OPERATIVO” QUE PERCIBE EL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL EN ACTIVIDAD DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA. FIJASE, A PARTIR DEL 1° DE JUNIO DE 2015 Y DEL 1° DE AGOSTO DE 2015, LOS IMPORTES CORRESPONDIENTES AL “COMPLEMENTO POR RESPONSABILIDAD JERARQUICA” QUE PERCIBEN EL DIRECTOR NACIONAL Y EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE LA GENDARMERIA NACIONAL, EL PREFECTO NACIONAL NAVAL Y EL SUBPREFECTO NACIONAL NAVAL DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Y EL JEFE Y EL SUBJEFE DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA. FIJASE, A PARTIR DEL 1° DE JUNIO DE 2015 Y DEL 1° DE AGOSTO DE 2015, RESPECTIVAMENTE, PARA EL PERSONAL POLICIAL DE LA POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, LOS IMPORTES CORRESPONDIENTES A LOS ANEXOS 3, 4, 5 Y 6 DEL ANEXO A DEL DECRETO N° 836/08.
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