Decreto DNU 582/1995   PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
20-abr-1995

SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES

ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO

Publicada en el Boletín Oficial del 25-abr-1995    Número: 28130    Página: 5


Resumen:
ESTABLECESE UN PERIODO DE TRANSICION DE 3 MESES CONTADOS A PARTIR DEL 1/4/95, PARA LA PLENA VIGENCIA DEL LIBRO I DE LA LEY 24.241, RESPECTO AL PERSONAL ADMINISTRATIVO, DE MAESTRANZA, JUGADORES Y TECNICOS DEPENDIENTES DE LOS CLUBES QUE INTERVENGAN EN LOS TORNEOS ORGANIZADOS POR LA AFA, EN LAS DIVISIONALES PRIMERA A, NACIONAL B Y PRIMERA B. EL PRESENTE DECRETO TENDRA VIGENCIA DESDE SU PUBLICACION EN EL B.O. Y EFECTOS PARA TODOS LOS EVENTOS DETALLADOS EN EL ARTICULO 4 ACAECIDOS DESDE EL 1/4/95.



Esta norma modifica o complementa a 1 norma(s).


Esta norma es complementada o modificada por 3 norma(s).